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Consulado de México-Solicitud Visa

Eliminación de visa mexicana de turismo para ecuatorianos se aprobará en este mes

Eliminación de visa mexicana de turismo para ecuatorianos se aprobará en este mes

La Viceministra de Movilidad Humana, María Landázuri, anunció que una vez concluido el proceso técnico para establecimiento procedimientos y mecanismos necesarios, durante el mes de julio se anunciará oficialmente la eliminación del requisito de visado para los ecuatorianos que deseen ingresar a México por motivos de turismo.

Landázuri informó que desde la visita del Presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, a Ecuador en 2014, se inició la negociación de este acuerdo de reciprocidad en el tema de visas. Informó que en estos meses se avanzó en la realización de un Registro de Objetivos de Inteligencia, en un Protocolo de Operación para el Intercambio de información y otro de Intercambio de Buenas Prácticas Consulares, un Catálogo de Delitos, entre otros documentos que son parte de este convenio.

Para María Sol Corral, Cónsul del Ecuador en México, la supresión de la visa por parte del Gobierno mexicano es un acto de reciprocidad política, pues Ecuador no pide visado a los mexicanos. Además, se espera que con esta medida se incentive e incremente el turismo mutuo y las relaciones

REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE VISA MEXICANA 

A partir del día 17 de octubre de 2014, entraron en  vigor  nuevos Lineamientos para la Expedición de Visas, con los cuales se pretende incrementar los flujos migratorios ordenados y documentados, la inversión de capitales, facilitar el intercambio académico y cultural, así como la unidad familiar.

Con los ajustes incorporados los requisitos para la solicitud de visa mexicana quedan establecidos como sigue:

NOTA: La ley de Migración de México enfatiza aspectos que deben de tomarse en consideración: La expedición de la visa está sujeta a la entrevista consular y la visa por sí misma no garantiza el ingreso  del extranjero a territorio mexicano, ya que esto último dependerá del criterio aplicado por la autoridad migratoria correspondiente en el punto de ingreso al país.

VISA  DE   VISITANTE  SIN  PERMISO  PARA  REALIZAR   ACTIVIDADES

(TURISTAS; transmigrantes; personas de negocios; estudiantes; técnicos; científicos; artistas y deportistas; ministro de culto o asociado religioso; corresponsales y otros.)

 

  • Costo de la visa: 36,00 dólares (TREINTA Y SESIS DOLARES); en atención a lo previsto en el art. 22 de la Ley Federal de Derechos, este valor se debe cancelar el día de la entrevista (traer justo la cantidad requerida, no se admitirán billetes de 50 o de 100 USD).
  • Vigencia: 180 días.
  • Entradas permitidas: Múltiples durante la vigencia de la
  • Plazo máximo para resolver el trámite de solicitud de visa: 10 días hábiles.

Requisitos: Además de traer la solicitud de visa debidamente llena, se deberá de traer lo siguiente: 

  1. Pasaporte o documento de identidad y viaje válido y vigente, en original y copia (con vigencia mínima de 6 meses al momento de realizar el viaje).
  2. Una fotografía a color, fondo blanco, rostro descubierto, sin anteojos, tamaño 3 x 3.5 centímetros.
  • Original y copia del documento que acredite su legal estancia en Ecuador, así como, en su caso, cédula de identidad (en caso de que el solicitante no sea ecuatoriano).
  1. Acreditar alguno de los siguientes supuestos:

SOLVENCIA ECONÓMICA:

-. Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores a USD. 401.00, durante los últimos tres meses y constancia de empleo estable con antigüedad mínima de un año.

NOTA: Aquellas personas que son independientes, tienen su negocio propio o realizan alguna actividad económica, deben de presentar su RUC, el cual debe de tener como mínimo dos años de ser abierto, así como demostrar que cuenta con solvencia económica. 

.- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a USD 1,204.00 dólares,  durante los últimos tres meses, o

En el caso de personas que estudien de manera regular en instituciones de educación superior, deberán presentar original de constancia de estudios y original de constancia de empleo estable, pensión o beca con ingresos mensuales equivalentes a USD. 241.00 dólares , durante los últimos tres meses.

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